Cambio de cultivo en una finca: SIGPAC y CATASTRO - Crops Capital
Cambio de cultivo en una finca: SIGPAC y CATASTRO

Cambio de cultivo en una finca: SIGPAC y CATASTRO

¿Estás pensando en hacer un cambio de cultivo en tu finca? Cuando se hace un cambio de cultivo, es necesario declarar dicho cambio tanto en el SIGPAC como en el Catastro.

Para que el cambio quede realizado y registrado, hay que llevar a cabo una serie de actuaciones. En el artículo de hoy explicamos los pasos a seguir para notificar el cambio de cultivo y así evitarnos ciertos problemas.

Pasos a seguir: SIGPAC

El SIGPAC es un Sistema de Información Geográfica que identifica parcelas y recintos, señalados por los agricultores en su declaración de la PAC. Con esta herramienta, podemos ver en cada uno de los recintos una serie de información, como por ejemplo cuál es el uso de dicho terreno. La declaración de la PAC se hace en base a la información que dispone el SIGPAC, es por ello muy importante notificar el cambio, ya que si las autoridades competentes realizan una comprobación y ven que estás declarando un uso de la tierra el cual no se corresponde con la realidad, se pueden tener problemas con la subvención.

Si deseamos cambiar de uso nuestro terreno, la información de recinto o parcela que debemos modificar es la del uso. Para llevar a cabo este cambio se deben presentar las correspondientes Alegaciones al SIGPAC, dentro del plazo de presentación de cada una de ellas, que normalmente coincide con el plazo de presentación de la PAC. Estas alegaciones deberán ir acompañadas del documento nacional de identidad, CIF si es empresa, y un informe técnico que demuestre dicho cambio de cultivo, así como las características del cambio.

Todo ello se puede presentar junto con la solicitud de la PAC o en la OCA (Oficina Comarcal Agraria) que le corresponda.

Pasos a seguir: CATASTRO

El Catastro sirve de registro de los bienes inmuebles que existen en nuestro país y también de sus características. En base a estos datos la Administración calcula impuestos como el IBI, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

El Catastro registra diferentes características de nuestra propiedad, entre ellas el uso de cada parcela. Cuando queremos realizar una modificación de uso, es necesario también declararlo en este organismo público ya que, si no, podríamos tener problemas a la hora de calcular nuestros impuestos, ya que se pagan en función de lo que aparece en esta herramienta.

El Catastro ofrece un plazo de 2 meses desde que se cambia el cultivo hasta que se presenta la declaración, y se debe presentar aportando los documentos acreditativos de la propiedad de la finca y el informe técnico pertinente donde se muestre la situación resultante de la finca tras el cambio.

Dicha documentación de debe presentar dentro del plazo o bien en la Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro, en el apartado “Asistente de Declaraciones Catastrales” o bien en las Gerencias o Unidades locales del Catastro o las Delegaciones de Economía y Hacienda en que se integran.

No dudes en ponerte en contacto con nosotros si tienes alguna duda sobre cuestiones relacionadas con el mundo de las fincas rústicas. Nuestros asesores estarán encantados de ayudarte. Puedes contactar con nosotros en el 974094090 o enviando un mail a info@cropscapital.com. También puedes rellenar nuestro formulario de contacto pinchando aquí.

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